Resumen Ley 2615 de julio 29 de 2026 de la música
Por medio del cual se reconoce, promueve y fortalece el sector de la música en Colombia y se dictan otras disposiciones Ley de la música
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 20. Gestión de derechos de autor y derechos conexos en el sector de la música. La gestión del derecho de comunicación pública de los derechos de autor o conexos podrá ser realizada por sus titulares de forma individual o colectiva conforme a lo establecido por la Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993 y Decreto 1007 de 2022. Esta gestión, que no podrá ser concurrente en los términos del inciso cuarto del artículo 8 del Decreto 1007 de 2022, implica que toda persona natural, en nombre propio o debidamente representada por un tercero o una sociedad de gestión colectiva, pueda licenciar el uso de obras musicales, fonogramas, interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas.




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